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Publicidad y Propaganda

Grava avisos, carteles, anuncios o imágenes con fines publicitarios visibles al público en espacios públicos o privados del Municipio Píritu, así como material distribuido en la vía pública.

Regulado por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la LOCAPTEM y la Ordenanza Municipal sobre Publicidad y Propaganda.

Hecho imponible

Instalación, exhibición o distribución de medios publicitarios visibles al público en el Municipio Píritu.

Base imponible

Se establece según características del medio (dimensiones, ubicación, período), conforme a la clasificación de la ordenanza.

Alícuota

Determinada según LOCAPTEM y Resolución N° 011-2023.

Soporte

Preguntas Frecuentes

¿Quiénes deben pagar?

Quienes instalen, exhiban o distribuyan material publicitario visible al público en el
Municipio Píritu.

¿Cuándo se paga?

Según la periodicidad o el tiempo de exposición: anual, mensual o por período determinado.

Ayuda

Recaudos para el pago